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Delegan Facultades El/la Director/a Ejecutivo/a RM 00216-2021-PRODUCE Produce

Poder Ejecutivo, Produce Delegan facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE RM 00216-2021-PRODUCE Lima, 23 de julio de 2021 VISTOS; el Oficio Nº 020-2021-PRODUCE-PROINNOVATE.DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE; el Memorando Nº 00000803-2021-PRODUCE/OGPPM e Informe Nº 00000180-2021-PRODUCE/OP de la Oficina General de
Poder Ejecutivo, Produce
Delegan facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE
RM 00216-2021-PRODUCE
Lima, 23 de julio de 2021
VISTOS; el Oficio Nº 020-2021-PRODUCE-PROINNOVATE.DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE; el Memorando Nº 00000803-2021-PRODUCE/OGPPM e Informe Nº 00000180-2021-PRODUCE/OP de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 0000566-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, define las funciones generales y la estructura orgánica de los ministerios, estableciendo en el último párrafo del artículo 25, que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; asimismo, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;


Que, el numeral 10.4 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, señala que el/la Ministro/a ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; pudiendo delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, en concordancia con la referida Ley de Organización y Funciones, el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que el/la Ministro/a de la Producción ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las leyes, pudiendo desconcentrar y/o delegar a los empleados públicos de su Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, de acuerdo con lo previsto en el numeral 7.2 del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente el citado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la entidad, siendo responsable solidario el Titular con el delegado;

Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084,- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza durante el Año Fiscal 2021 al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, entre otros, para efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, y a otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación;

Que, asimismo, la referida Disposición Complementaria establece que las transferencias financieras y las subvenciones mencionadas a las que se refiere dicha disposición se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio de la Producción, la misma que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenio o contrato de recursos no reembolsables, según corresponda, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces; la facultad para la aprobación de las indicadas subvenciones, referidas al ámbito del mencionado Programa Nacional, puede ser delegada en el funcionario a cargo del mismo;

Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 00034-3021-PRODUCE se delegó facultades en el/ la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad para aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y del sistema de innovación;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2021-PRODUCE, se crea el Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación-
PROINNOVATE, sobre la base del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, el cual PROINNOVATE fusiona por absorción en calidad de entidad absorbente; además, se indica que PROINNOVATE se encuentra en el ámbito del Ministerio de la Producción, y depende funcionalmente del Despacho Ministerial;

Que, por medio del literal g) del artículo 6 del Decreto Supremo Nº 009-2021-PRODUCE, se dispone que PROINNOVATE tiene como función, realizar las transferencias financieras y otorgamiento de subvenciones para financiar proyectos, programas e instrumentos de innovación, desarrollo tecnológico, desarrollo productivo y emprendimiento a favor de entidades públicas, personas naturales y personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, en el marco de la normativa vigente;

Que, en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 009-2021-PRODUCE, se establece que la dirección y conducción del PROINNOVATE está a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, quien ejerce la representación legal;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 009-2021-PRODUCE, indica que una vez culminado el proceso de fusión del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, toda referencia al mencionado Programa Nacional se entiende hecha al Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE;

Que, con el Oficio Nº 020-2021-PRODUCE-PROINNOVATE.DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación solicita la delegación de facultades en el marco de la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; considerando que el proceso de fusión establecido por el Decreto Supremo Nº 009-2021-PRODUCE ha culminado;

Que, mediante Memorando Nº 00000803-2021-PRODUCE/OGPPM e Informe Nº 00000180-2021-PRODUCE/OP, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización considera procedente la delegación de facultades para la aprobación de subvenciones solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, por estar en concordancia con la normatividad presupuestaria vigente;

Que, en el marco de la normativa señalada en los considerandos precedentes, resulta pertinente delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE, la facultad de aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo estrictamente establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Delegación de facultad en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE
Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación -
PROINNOVATE, la facultad de aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de los ganadores de los concursos definidos en el marco de los procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
COMUNICADO

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 00216-2021-PRODUCE Delegan facultades en el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 00216-2021-PRODUCE
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2021-07-24
  • Fecha de aplicacion : 2021-07-25

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