7/13/2023
Actualización Manual Clasificador Cargos Servicio RJ Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Aprueban la actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en su revisión 2 RJ 0152-2023-MIDAGRI-SENASA 12 de julio de 2023 VISTOS: El MEMORÁNDUM-0110-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD de fecha 27 de enero de 2023, de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; el INFORME-0007-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI de fecha 24 de enero de 2023, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del SENASA; el INFORME-0014-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD-UGRH-KPEREZ de fecha 16 de enero de 2023 y el KPER…
Aprueban la actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en su revisión 2
RJ 0152-2023-MIDAGRI-SENASA
12 de julio de 2023
VISTOS:
El MEMORÁNDUM-0110-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD de fecha 27 de enero de 2023, de la Oficina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; el INFORME-0007-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI de fecha 24 de enero de 2023, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional del SENASA; el INFORME-0014-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD-UGRH-KPEREZ de fecha 16 de enero de 2023 y el
KPEREZ de fecha 23 de junio de 2023, ambos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del SENASA y el INFORME Nº001099-2022-SERVIR-GDSRH de fecha 2 de setiembre de 2022 de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; y,
CONSIDERANDO:
se aprobó la actualización de la calificación y relación de los organismos públicos adscritos a cada ministerio establecido por el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM y actualizado por los Decretos Supremos Nº 048-2010-PCM y Nº 058-2011-PCM, calificando al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, creado a través del Título V del Decreto Ley Nº 25902, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y financiera;
Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; asimismo, indica que las oficinas de recursos humanos tienen, entre otras, las siguientes funciones: ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos;
y, gestionar los perfiles de puestos;
Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modificado por el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 085-2021-PCM, establece que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos comprende, entre otros, al Subsistema de Organización del Trabajo y su Distribución en el que se define las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos;
Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;
Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, y otras disposiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, establece que las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda;
Que, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH
"Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional", en adelante la Directiva, cuya aprobación fue formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, contiene, entre otros, las reglas mínimas para que las entidades puedan elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos (MCC); así como habilitar la posibilidad de observar el contenido del MCC, a fin de asegurar consistencia entre clasificación, denominación, funciones y requisitos de los cargos;
Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva define al Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;
Que, asimismo, el numeral 6.1.7 de la Directiva, dispone que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el titular de la entidad aprueba el referido manual y gestiona la publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal del Estado Peruano, en el portal institucional, en el portal de transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad, dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0100-2022-MIDAGRI-SENASA de fecha 7 de julio de 2022, se aprobó la actualización del Manual de Clasificador de Cargos del SENASA, conforme a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 31419 y de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31419;
Que, a través del INFORME-0014-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD-UGRH-KPEREZ, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, manifiesta que considera viable aprobar la propuesta de actualización del MCC del SENASA en observancia de las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 006-2021- SERVIR-GDSRH, "Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional";
Que, mediante el INFORME-0007-2023-MIDAGRI-SENASA-OPDI-KLARRAURI la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional emite opinión favorable al Proyecto Actualizado de MCC en su revisión 2, habiendo sido elaborado de forma alineada con los cargos de los órganos y las unidades orgánicas del SENASA de acuerdo a su ROF y en cumplimiento a la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH;
Que, a través del MEMORÁNDUM-0110-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD, la Oficina de Administración eleva a la Jefatura de la institución la propuesta actualizada y debidamente sustentada del MCC elaborada por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, así como la opinión favorable de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional con el propósito de que sea aprobado el referido documento de gestión;
Que, a través del INFORME-0214-2023-MIDAGRI-SENASA-OAD-UGRH-KPEREZ, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina de Administración, presenta ante la Oficina de Administración la propuesta de actualización del MCC del SENASA, adopta los ajustes emitidos por la Jefatura Nacional en el marco de sus responsabilidades como titular de la Entidad, permitiendo de esta manera adecuar el documento de gestión a los lineamientos precisados por el ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, a través de la mencionada Directiva y a las precisiones contenidas en el anexo 1 del INFORME Nº001099-2022-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
Que, de acuerdo a lo informado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y a la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, se estima conveniente emitir el acto resolutivo que apruebe el MCC
en su revisión 2 de la institución;
Que, el literal k) del artículo 12 del ROF del SENASA
aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, modificado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008- AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad de la institución, ejerciendo funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la Entidad, teniendo entre sus funciones el emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia;
Con la visación del Secretario Técnico, de la Directora General (e) de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, de la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica, del Director General de la Dirección de Sanidad Vegetal, de la Directora General de la Dirección de Sanidad Animal, del Director General de la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria, del Director General de la Oficina de Centros de Diagnóstico y Producción, del Director General de la Oficina de Administración, y del Director (e) de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución Jefatural-0100-2022-MIDAGRI-SENASA que aprobó la actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria.
Artículo 3.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución Jefatural y de su Anexo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe) y en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/ senasa), en la misma fecha de publicación del presente acto resolutivo en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL QUEVEDO VALLE
Jefe Nacional Jefatura Nacional Servicio Nacional de Sanidad Agraria
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 0152-2023-MIDAGRI-SENASA Aprueban la actualización del Manual de Clasificador de Cargos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria en su revisión 2
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 0152-2023-MIDAGRI-SENASA
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2023-07-13
- Fecha de aplicacion : 2023-07-14
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)