9/16/2023

Otorgan Distinción Póstuma personalidad RM 000372-2023-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Otorgan distinción póstuma de "Personalidad Meritoria de la Cultura" RM 000372-2023-MC San Borja, 13 de septiembre del 2023 VISTOS: el Proveído Nº 005838-2023-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000334-2023-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001127-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el M…
Poder Ejecutivo, Cultura
Otorgan distinción póstuma de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
RM 000372-2023-MC
San Borja, 13 de septiembre del 2023
VISTOS: el Proveído Nº 005838-2023-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000334-2023-DGIA/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe Nº 001127-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, conforme con lo dispuesto en el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 81 del ROF, establece que la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de elaborar, proponer, promover y ejecutar planes, programas, acciones y normas dirigidas a la promoción y difusión del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; además, emite opinión técnica sobre las materias de su competencia que le sean requeridas o consultadas;

Que, además, el artículo 82 del ROF, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias;
asimismo, desarrollar acciones que permitan ampliar el acceso de la ciudadanía al ejercicio de sus derechos culturales respecto a la formación, creación, producción, circulación, difusión y disfrute de las expresiones artísticas de sus identidades y diversidad; adicionalmente, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva Nº 002-2016-MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial "El Peruano", conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, conforme con lo previsto en el numeral 6.3 de la directiva antes mencionada, se establece que excepcionalmente el Ministerio de Cultura, por razones debidamente justificadas, podrá otorgar reconocimientos póstumos, a propuesta del órgano competente de la entidad;

Que, mediante el Informe Nº 000697-2023-DLL/MC, la Dirección del Libro y la Lectura hace suyo el Informe Nº 000032-2023-DLL-AVC/MC, y propone otorgar el reconocimiento póstumo como "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor Gonzalo Ignacio Portals Zubiate, por su amplia y reconocida trayectoria en el campo de la investigación y creación literaria. Su invaluable labor
ha permitido, entre otros aportes, poner en relevancia la literatura fantástica en el Perú;

Que, con el Informe Nº 016591-2023-DIA/MC, la Dirección de Artes emite opinión favorable para el otorgamiento del reconocimiento póstumo como "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la persona propuesta;

Que, a través del Informe Nº 000334-2023-DGIA/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en los Informes Nº 000697-2023-DLL/ MC, Nº 000032-2023-DLL-AVC/MC y Nº 016591-2023-DIA/MC, señala que es pertinente el otorgamiento del reconocimiento póstumo como "Personalidad Meritoria de la Cultura" de la persona antes mencionada;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento póstumo como "Personalidad Meritoria de la Cultura" a la persona propuesta; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria;
el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva Nº 002-2016/MC, "Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura", aprobada por la Resolución Ministerial Nº 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción póstuma de "Personalidad Meritoria de la Cultura" al señor GONZALO
IGNACIO PORTALS ZUBIATE, en reconocimiento a su amplia y reconocida trayectoria en el campo de la investigación y creación literaria; así como por su invaluable labor, la cual ha permitido, entre otros aportes, poner en relevancia la literatura fantástica en el Perú.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 000372-2023-MC Otorgan distinción póstuma de "Personalidad Meritoria de la Cultura"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 000372-2023-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-09-16
  • Fecha de aplicacion : 2023-09-17

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