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DECRETO SUPREMO N° 355-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
12/12/2015
DECRETO SUPREMO N° 355-2015-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros DECRETO SUPREMO Nº 355-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que la Presidencia del Consejo de 568427 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2015 El Peruano / Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del poder Ejecutivo,
DECRETO SUPREMO Nº 355-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que la Presidencia del Consejo de 568427 NORMAS LEGALES
Sábado 12 de diciembre de 2015
El Peruano / Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del poder Ejecutivo, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2015, se establecen medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que permitan a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales intervenir de manera inmediata en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, mediante la ejecución de actividades y proyectos de reducción de riesgos, preparación y respuesta;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia establece los recursos con cargo a los cuales las entidades del Gobierno Nacional financiarán, durante el año fiscal 2015, las intervenciones que permitan la reducción de riesgos, preparación y respuesta en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, lo que incluye, conforme al literal a) del referido numeral 2.1, los recursos derivados de las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional aprobadas a favor de la Reserva de Contingencia, en el marco de lo establecido en el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1176;
Que, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, señala que los recursos a los que se refiere el numeral 2.1 del citado artículo 2, corresponden a aquellos a que no hayan sido comprometidos o transferidos al 15 de setiembre de 2015, según corresponda; quedando excluidos los recursos de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, correspondientes a Contribuciones a Fondos y los recursos para electrificación rural, a que se refiere el literal e) del artículo 7 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural;
Que, mediante el Comunicado Oficial ENFEN Nº 19-2015, el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN) señala, entre otros, que se mantiene el estado de alerta, debido al evento El Niño de magnitud fuerte que se viene desarrollando en la costa peruana con temperaturas por encima de lo normal, por lo que la probabilidad estimada de que el evento El Niño Costero sea fuerte o extraordinario en el verano 2015-2016 es de 50%;
Que, mediante Oficio Nº 1426-2015-MINAGRI-DM, el Ministro de Agricultura y Riego en su calidad de Presidente del Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño - CONAGER-FEN, hace de conocimiento al Presidente del Consejo de Ministros que en sesión de fecha 05 de octubre de 2015, se acordó llevar a cabo un Plan de Sensibilización a la población sobre la ocurrencia del Fenómeno El Niño, así como a través de la Oficina de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicitar los recursos necesarios para la ejecución del citado plan;
Que, a través del Oficio Nº 398-2015-PCM/DM, el Presidente del Consejo de Ministros adjunta el Memorando Nº 012-2015-PCM/OGCS-DN de la Directora de la Oficina General de Comunicación Social de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo a lo requerido por el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño - CONAGER-FEN, quien solicita y sustenta una demanda adicional de recursos hasta por la suma de
QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15
000 000,00), para implementar el Plan Comunicacional a ejecutarse ante el Fenómeno El Niño y periodo de lluvias intensas 2015 - 2016, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2015;
Que, para efectos del financiamiento a que se refiere el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, el numeral 2.3 del citado artículo autoriza la aprobación de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Reserva de Contingencia a que se refiere el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas;
asimismo, dispone que los recursos transferidos a la Reserva de Contingencia son reasignados a los pliegos de los tres niveles de Gobierno, mediante el mecanismo previsto en el artículo 45 de la citada Ley, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados o Recursos Ordinarios, según la fuente de financiamiento de origen de tales recursos;
Que, en el marco de las normas citadas en el considerando precedente, y conforme se desprende del Oficio Nº 398-2015-PCM/DM y el Informe Nº 231-2015-PCM/OGPP, la Presidencia del Consejo de Ministros informa que cuenta con recursos disponibles en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 15 000 000,00), correspondiente a la Unidad Ejecutora 003 Secretaría General - PCM, previstos en su presupuesto institucional; asimismo, la citada entidad solicita recursos para financiar la actividad 5005827
"Atención de Fenómeno El Niño";
Que, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la incorporación y reasignación de recursos bajo el mecanismo previsto por los numerales 2.1 y 2.3 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, hasta por la suma de
QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15
000 000,00), para implementar el Plan Comunicacional a ejecutarse ante el Fenómeno El Niño y periodo de lluvias intensas 2015 - 2016, señaladas en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2015, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1.- Transferencia de Partidas a favor de la Reserva de Contingencia Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 15 000 000,00) del pliego 001:
Presidencia del Consejo de Ministros a favor de la Reserva de Contingencia del pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General - PCM
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0088 : Programa Articulado de Modernización de la Gestión Pública PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 97 199,00
PRODUCTO 3000531 : Instrumentos Implementados para Modernizar la Gestión Pública ACTIVIDAD 5004181 : Implementación de Lineamientos de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 612 150,00
ACTIVIDAD 5004182 : Implementación de Pilotos de Modernización de la Gestión Pública en Entidades 568428 NORMAS LEGALES
Sábado 12 de diciembre de 2015 / El Peruano
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 193 700,00
ACTIVIDAD 5004183 : Implementación del Observatorio de Modernización de la Gestión Pública
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 375 120,00
PRODUCTO 3000532 : Entidades Acceden a Servicios para Mejorar su Gestión ACTIVIDAD 5004974 : Capacitación a Servidores Públicos en Modernización de la Gestión Pública
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 163 200,00
ACTIVIDAD 5004975 : Gestión de Herramientas de Modernización y Mejora de Instrumentos de Gestión de las Entidades Públicas
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 342 676,00
PRODUCTO 3000533 : Usuarios Atendidos en Canales de Mejor Atención al Ciudadano ACTIVIDAD 5004187 : Atenciones en los Centros de Mejor Atención al Ciudadano (MAC)
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 130 486,00
ACTIVIDAD 5004976 : Asistencia Técnica para la Creación de Nuevos MAC
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 17 000,00
PRODUCTO 3000643 : Entidades que Implementan Gobierno Electrónico ACTIVIDAD 5004977 : Implementación de Servicios Públicos en Línea
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 87 000,00
ACTIVIDAD 5004978 : Capacidades en Gobierno Electrónico y Sociedad de la información
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 80 200,00
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0128 : Reducción de la Minería Ilegal PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 83 440,00
ACTIVIDAD 5003032 : Seguimiento y Evaluación del Programa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 552 062,00
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 138 900,00
ACTIVIDAD 5000002 : Conducción y Orientación Superior
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 1 055 561,00
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 2 157 086,00
ACTIVIDAD 5000004 : Asesoramiento Técnico y Jurídico
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 150 200,00
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 44 500,00
ACTIVIDAD 5000006 : Acciones de Control y Auditoría
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 17 700,00
ACTIVIDAD 5000007 : Defensa Judicial del Estado
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 18 600,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 7 837 323,00
ACTIVIDAD 5000626 : Coordinación de Políticas, Programas Integrales e Intersectoriales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 351 945,00
ACTIVIDAD 5000629 : Coordinación y Participación en Asuntos y Organismos Internacionales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 11 800,00
568429 NORMAS LEGALES
Sábado 12 de diciembre de 2015
El Peruano / ACTIVIDAD 5000635 : Demarcación Territorial
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 212 847,00
ACTIVIDAD 5000712 : Descentralización del Estado
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 132 805,00
ACTIVIDAD 5000717 : Difusión de Imagen y Promoción de Relaciones Institucionales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 104 500,00
ACTIVIDAD 5004633 : Gestión del Riesgo de Desastre
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 32 000,00
------------------ TOTAL EGRESOS 15 000 000,00
===========
A LA En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 15 000 000,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 15 000 000,00
===========
Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego 009: Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 15 000 000,00) a favor del pliego 001:
Presidencia del Consejo de Ministros, para implementar el Plan Comunicacional a ejecutarse ante el Fenómeno El Niño y periodo de lluvias intensas 2015 - 2016, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 15 000 000,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 15 000 000,00
===========
A LA En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General - PCM
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5005827 : Atención de Fenómeno El Niño
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.4 Donaciones y Transferencias 15 000 000,00
------------------- TOTAL EGRESOS 15 000 000,00
===========
Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los titulares de los pliegos habilitados en las presentes Transferencias de Partidas aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en los artículos 1 y 2 de la presente norma a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.
3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos materia de las Transferencias de Partidas a que hacen referencia los artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de diciembre del año dos mil quince.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
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