8/09/2018

Modelos Definitivos Cédulas Sufragio Regional RJ 000157-2018-JN/ONPE Oficina Nacional de Procesos

Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales Aprueban modelos definitivos de Cédulas de Sufragio Regional, Municipal Provincial y Municipal Provincial - Distrital para V otación Manual; Cédulas de Votación Electrónica para Gobernador y Vicegobernador Regional, Consejero Regional, Municipal Provincial y Municipal Distrital; Cédula de Votación Manual Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, Cédula de Votación Electrónica Elecciones
Poder Judicial, Oficina Nacional de Procesos Electorales
Aprueban modelos definitivos de Cédulas de Sufragio Regional, Municipal Provincial y Municipal Provincial - Distrital para V otación Manual; Cédulas de Votación Electrónica para Gobernador y Vicegobernador Regional, Consejero Regional, Municipal Provincial y Municipal Distrital; Cédula de Votación Manual Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, Cédula de Votación Electrónica Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, para las Elecciones Regionales y Municipales 2018
RJ 000157-2018-JN/ONPE
Lima, 7 de agosto del 2018
VISTOS: el Informe Nº 000041-2018-GGE/ONPE, de la Gerencia de Gestión Electoral; el Informe Nº 000841-2018-SGOE-GGE/ONPE, de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral; el Memorando Nº 000388-2018-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como el Informe Nº 000313-2018-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Mediante Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, el Presidente de la República convocó a Elecciones Regionales de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la República, para el día domingo 07 de octubre de 2018;


De conformidad con el artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) en concordancia con el literal c) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es función de la ONPE planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;


Asimismo, el artículo 159 de la LOE, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como decidir acerca de las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;

El primer párrafo del artículo 167 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE) estipula que los personeros acreditados pueden presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones. Dichas impugnaciones o reclamaciones deben estar debidamente sustentadas y ser presentadas por escrito dentro de los tres (3) días después de efectuada la publicación a que se refiere el artículo 165 de la misma Ley;

El artículo 168 de la LOE, establece que: "resueltas las impugnaciones o reclamaciones que se hayan formulado, o vencido el término sin que se hubiese interpuesto ninguna, la ONPE publica y divulga el modelo definitivo y procedimiento que debe seguirse (...)";

Mediante Resolución Jefatural Nº 000111-2018-JN/ ONPE, se aprobaron los diseños de las cédulas de sufragio para votación manual y votación electrónica para las elecciones convocadas; presentadas en Acto Público de fecha 21 de junio de 2018;

Mediante el Oficio Nº 1537-2018-DCGI/JNE, el Director Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, adjunta el Informe Nº 001-2018-ATKB-DNFPE/JNE, emitido por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales del JNE, en el que recomiendan realizar precisiones a los diseños de las cédulas de sufragio antes señalados;

Teniendo en cuenta el Oficio de la DCGI del JNE la Gerencia de Gestión Electoral a través del Informe Nº 000041-2018-GGE/ONPE, remite a la Gerencia General el Informe Nº 000841-2018-SGOE-GGE/ONPE, elaborado por la Sub Gerencia de Operaciones Electorales, el cual contiene las Especificaciones Técnicas de los modelos de las cédulas de votación manual y electrónica para las Elecciones Regionales y Municipales 2018, incorporando las precisiones solicitadas por la DGCI;

Por otra parte, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones mediante el Oficio Nº 06520-2018-SG/JNE, de fecha 11 de julio, hace de conocimiento que: la única impugnación contra el diseño de la cédula que se tiene es la remitida por la ONPE, el 28 de junio de 2018, mediante el Oficio N.º 000744-2018-SG/ONPE, planteada por el personero legal del partido político Perú Patria Segura; no habiéndose presentado ninguna otra impugnación o reclamación;

Mediante el Oficio Nº 06797-2018-SG/JNE, de fecha 25 de julio, la Secretaría General del Jurado Nacional de Elecciones, remite la Resolución Nº 1068-2018-JNE, que declara infundada la impugnación interpuesta por Pedro Martín Sagástegui Bardales, personero legal titular de la organización política Perú Patria Segura; y, confirma el diseño de la cédula de sufragio aprobado con la Resolución Jefatural Nº 000111-2018-JN/ONPE;

De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en el literal d) y e) del artículo 68 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE
y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los modelos definitivos y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para Voto Electrónico y Votación Manual correspondientes a las Elecciones convocadas;

La Gerencia General, mediante el documento de vistos, presentó a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio para las elecciones antes referidas, recomendando su aprobación y publicación correspondiente; por lo que, es necesario emitir la Resolución Jefatural que las apruebe;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales o) y s) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, así como de la Gerencia General;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Regional para V otación Manual Elecciones Regionales 2018, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 2, 3 y 4, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Municipal Provincial para Votación Manual Elecciones Municipales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 6 y 7, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Sufragio Municipal Provincial - Distrital para Votación Manual Elecciones Municipales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 9 y 10, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 8, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Aprobar el modelo definitivo de
la Cédula de Votación Electrónica para Gobernador y Vicegobernador Regional Elecciones Regionales 2018, cuyo formato aparece en los Anexos Nº 12 y 13, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 11, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Votación Electrónica para Consejero Regional Elecciones Regionales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 15, 16, 17 y 18, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 14, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Sexto.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Votación Electrónica Municipal Provincial Elecciones Municipales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 20
y 21, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 19, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Séptimo.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Votación Electrónica Municipal Distrital Elecciones Municipales 2018, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 23
y 24, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 22, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Octavo.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Votación Manual Elecciones Regionales 2018
Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 26 y 27, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 25, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Noveno.- Aprobar el modelo definitivo de la Cédula de Votación Electrónica Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 29, y sus especificaciones técnicas en el Anexo Nº 28, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Décimo.- Poner el contenido de la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de las Organizaciones Políticas participantes.

Artículo Undécimo.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, www.onpe.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL FRANCISCO COX GANOZA
Jefe (i)
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
REGIONAL PARA VOTACIÓN MANUAL
ELECCIONES REGION2018
1. MEDIDAS:

1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 21.00 cm. de largo x 24.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de organizaciones políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 26.00 cm.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado en dos líneas el texto: "ELECCIONES
REGION2018" y el nombre del gobierno regional al que pertenece, en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 La cédula se encuentra dividida en dos cuerpos:

2.2.1 Gobernador y Vicegobernador Regional y 2.2.2
Consejero Regional; cada una sub dividida en tres secciones de acuerdo al siguiente detalle:

2.2.1 Gobernador y Vicegobernador Regional 2.2.1.1 Título: se muestra un recuadro en fondo de color negro con el texto centrado en dos líneas:
"GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR REGIONAL", en letras de color blanco.

2.2.1.2 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas: "MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA
DENTRO DEL RECUADRO DE LA FOTOGRAFIA O
SIMBOLO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.2.1.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 08
filas con la participación de 08 organizaciones políticas y debajo de estas filas se muestra un recuadro en fondo color gris. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color amarillo con las siglas:
"JNE ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2
secciones claramente diferenciadas:

2.2.1.3.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.2.1.3.2 Fotografías de los candidatos y símbolos de las organizaciones políticas al lado derecho, impresos a todo color, cada uno dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.2.2 Consejero Regional 2.2.2.1 Título: se muestra un recuadro en fondo de color negro con el texto centrado en dos líneas:
"CONSEJERO REGIONAL", debajo de este la provincia a la que pertenece (Anexo Nº 2), y para el caso de los Consejeros Regionales de la Región Callao el distrito al que pertenece (Anexo Nº 3), en letras de color blanco.

2.2.2.2 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas: "MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA
DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO DE SU
PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.2.2.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 08
filas con la participación de 08 organizaciones políticas y debajo de estas filas se muestra un recuadro en fondo color gris. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color verde claro con las siglas:
"JNE ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2
secciones claramente diferenciadas:

2.2.2.3.1 Nombre de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.2.2.3.2 Símbolos de las organizaciones políticas al lado derecho, impresos a todo color, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.3 Pie de página: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1 Fondo de color blanco.

3.2 El encabezado muestra en dos líneas el siguiente texto: "ELECCIONES REGION2018". En un segundo bloque: "ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE
- ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3 Se ha consignado el título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan en dos líneas las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL
PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS
PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES
EN EL ACTO DE INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos y Movimientos están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 12 de marzo de 2018, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N.º 000038-2018-JN/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 21.00 cm. de largo x 24.00 cm. de ancho, es de formato vertical a todo color y 01 color en el reverso.

ANEXO Nº 5
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
MUNICIPAL PROVINCIAL PARA VOTACIÓN MANUAL
ELECCIONES MUNICIP2018
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas: cuando incluya de 01 a 05 organizaciones políticas esta será de 15.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, en formato horizontal. A partir de 06 organizaciones políticas la cédula será en formato vertical, el largo tendrá un mínimo de 21.00 cm. y hasta un máximo de 32.00 cm.

El ancho se mantendrá constante, siendo este de 15.00
cm.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este, centrado en dos líneas, el texto: "ELECCIONES
MUNICIP2018", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: se muestra un recuadro en fondo de color negro, donde se consigna el nombre de la provincia a la que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas:
"MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO
DEL RECUADRO DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU
PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 06 filas con la participación de 06 organizaciones políticas. Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color rosado con las siglas: "JNE ONPE RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal.

Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.4.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.4.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas al lado derecho, los símbolos están impresos a todo color y los números impresos de color negro, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.5 Pie de página: se muestra un recuadro en fondo de color gris, donde se indica el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de este fondo, presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 El encabezado muestra en dos líneas el siguiente texto: "ELECCIONES MUNICIP2018". En un segundo bloque: "ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE
- ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3 Se ha consignado el título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan en dos líneas las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL
PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS
PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES
EN EL ACTO DE INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo se ubica el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

Los Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) y los Partidos Políticos, están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 12 de marzo de 2018, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N.º 000038-2018-JN/ONPE.

El diseño de cédula publicado mide 15.00 cm. de ancho x 21.00 cm. de largo, es de formato vertical a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.

Fe de erratas Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:

1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.

2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas.

3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse.

4. El archivo se adjuntará en un cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO Nº 8
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
MUNICIPAL PROVINCIAL DISTRITAL PARA
VOTACIÓN MANUAL
ELECCIONES MUNICIP2018
1. MEDIDAS:

1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 21.00 cm. de largo x 24.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de organizaciones políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 37.00 cm.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES MUNICIP
2018", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE
en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 La cédula se encuentra dividida en dos cuerpos:

2.2.1 Provincial y 2.2.2 Distrital; cada una sub dividida en tres secciones de acuerdo al siguiente detalle:

2.2.1 Provincial 2.2.1.1 Título: se muestra un recuadro en fondo de color negro, donde se consigna el nombre de la provincia a la que pertenece, en letras de color blanco.

2.2.1.2 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas: "MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA
DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO O NUMERO
DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.2.1.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 08
filas con la participación de 06 organizaciones políticas.

Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color rosado con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.2.1.3.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.2.1.3.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas al lado derecho, los símbolos están impresos a todo color y los números impresos de color negro, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.2.2 Distrital 2.2.2.1 Título: se muestra un recuadro en fondo de color negro, donde se consigna el nombre de la provincia a la que pertenece, en letras de color blanco.

2.2.2.2 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas: "MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA
DENTRO DEL RECUADRO DEL SIMBOLO O NUMERO
DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.2.2.3 Cuerpo de la cédula: para efectos de la publicación, se considera un diseño que contempla 08
filas con la participación de 08 organizaciones políticas.

Cada fila consta de un borde de color negro y el fondo con trama de color celeste con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC", caladas con letras de color blanco en forma diagonal. Cada una de estas filas presenta 2 secciones claramente diferenciadas:

2.2.2.3.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.2.2.3.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas al lado derecho, los símbolos están impresos a todo color y los números impresos de color negro, dentro de un recuadro de borde negro en fondo de color blanco.

2.3 Pie de página: se muestra un recuadro en fondo de color gris, donde se indica el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de este fondo, presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 El encabezado muestra en dos líneas el siguiente texto: "ELECCIONES MUNICIP2018". En un segundo bloque: "ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE
- ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro. Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3 Se ha consignado el título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan en dos líneas las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL
PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS
PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES
EN EL ACTO DE INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

Los Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) y los Partidos Políticos, están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 12 de marzo de 2018, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural N.º 000038-2018-JN/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 21.00 cm. de largo x 24.00 cm. de ancho, es de formato vertical a todo color en el anverso y 01 color en el reverso.

REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE
NORMAS LEGY SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO Nº 11
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN
ELECTRÓNICA PARA GOBERNADOR Y
VICEGOBERNADOR REGIONAL
ELECCIONES REGION2018
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

2. DESCRIPCIÓN:

2.1 Encabezado: conformado por el texto:
"ELECCIONES REGION2018" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.3 Subtítulo 1: conformado por el texto:
"GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR REGIONAL" en letras de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.3 Subtítulo 2: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre del gobierno regional al que pertenece escrito con letras en color negro.

2.4 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE LA FOTOGRAFIA, SIMBOLO U
OPCION DE SU PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.5 Cuerpo de la cédula: cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:

2.5.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.5.2 Opción de respuesta: fotografías de los candidatos y símbolos de las Organizaciones Políticas (las fotografías y los símbolos se muestran a todo color);
voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco.

De acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño:
a. Diseño 1 columna, el diseño será con fondo de color amarillo, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10.
b. Diseño 2 columnas, el diseño será con fondo de color amarillo, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10.

2.6 Pie de página: consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS
REGLAMENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF
EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 054-2018-PCM, artículo 52.1, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los ROF y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente:

1. La norma que aprueba el ROF o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (ROF o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente:
a) La publicación de la norma que apruebe el ROF o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa).
b) La publicación del Anexo (ROF o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera:
a) La norma aprobatoria del ROF se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica;
b) El anexo (ROF o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa.

4. El ROF se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2.

5. El archivo electrónico del ROF deberá cumplir con el siguiente formato:
a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo.
b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.
c) El tipo de letra Arial.
d) El tamaño de letra debe ser no menor a 8 puntos.
e) El interlineado sencillo.
f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.
g) El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda.
h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el ROF.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO Nº 14
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL
MODELO DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE
VOTACIÓN ELECTRÓNICA PARA
CONSEJERO REGIONAL
ELECCIONES REGION2018
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

2. DESCRIPCIÓN:

2.1 Encabezado: conformado por el texto:
"ELECCIONES REGION2018" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.2 Subtítulo 1: conformado por el texto: "CONSEJERO
REGIONAL" en letras de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.3 Subtítulo 2: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre de la provincia a la que pertenece (Anexo Nº 15 y 16) y para el caso de los Consejeros Regionales de la Región Callao el distrito al que te pertenece (Anexo Nº 17 y 18), escrito con letras en color negro.

2.4 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE EL SIMBOLO U OPCION DE SU
PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.5 Cuerpo de la cédula: cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:

2.5.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.5.2 Opción de respuesta: símbolos de las Organizaciones Políticas (los símbolos se muestran a todo color); voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco.

De acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño:
a. Diseño 1 columna, el diseño será con fondo de color verde, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10.
b. Diseño 2 columnas, el diseño será con fondo de color verde, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10.

2.6 Pie de página: consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS
TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA
EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por los Decretos Legislativos Nos. 1272 y 1310, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los TUPA y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente:

1. La norma que aprueba el TUPA o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (TUPA o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente:
a) La publicación de la norma que apruebe el TUPA o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa).
b) La publicación del Anexo (TUPA o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera:
a) La norma aprobatoria del TUPA se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica;
b) El anexo (TUPA o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa.

4. El archivo electrónico del TUPA deberá cumplir con el siguiente formato:
a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo.
b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.
c) El tipo de letra Arial.
d) El tamaño de letra debe ser no menor a 6 puntos.
e) El interlineado sencillo.
f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.
g) El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda.
h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el TUPA.

5. El TUPA se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2.

6. Las tarifas para publicar los TUPA se publican en la página WEB del Diario Oficial El Peruano.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO Nº 19
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN
ELECTRÓNICA PARA MUNICIPAL PROVINCIAL
ELECCIONES MUNICIP2018
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

2. DESCRIPCIÓN:

2.1 Encabezado: conformado por el texto:
"ELECCIONES MUNICIP2018" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.2 Subtítulo: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre de la provincia a la que pertenece escrito con letras en color negro.

2.3 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE EL SIMBOLO, NUMERO U OPCION
DE SU PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:

2.4.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.4.2 Opción de respuesta: símbolos de las Organizaciones Políticas (los símbolos se muestran a todo color y los números de color negro); voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco.

De acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño:
a. Diseño 1 columna, el diseño será con fondo de color rosado, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10.
b. Diseño 2 columnas, el diseño será con fondo de color rosado, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10.

2.5 Pie de página: consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS
REGLAMENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF
EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 054-2018-PCM, artículo 52.1, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los ROF y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente:

1. La norma que aprueba el ROF o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (ROF o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente:
a) La publicación de la norma que apruebe el ROF o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa).
b) La publicación del Anexo (ROF o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera:
a) La norma aprobatoria del ROF se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica;
b) El anexo (ROF o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa.

4. El ROF se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2.

5. El archivo electrónico del ROF deberá cumplir con el siguiente formato:
a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo.
b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.
c) El tipo de letra Arial.
d) El tamaño de letra debe ser no menor a 8 puntos.
e) El interlineado sencillo.
f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.
g) El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda.
h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el ROF.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO Nº 22
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN
ELECTRÓNICA PARA MUNICIPAL DISTRITAL
ELECCIONES MUNICIP2018
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

2. DESCRIPCIÓN:

2.1 Encabezado: conformado por el texto:
"ELECCIONES MUNICIP2018" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.2 Subtítulo: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre del distrito al que pertenece escrito con letras en color negro.

2.3 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE EL SIMBOLO, NUMERO U OPCION
DE SU PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:

2.4.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro, al lado izquierdo.

2.4.2 Opción de respuesta: símbolos de las Organizaciones Políticas (los símbolos se muestran a todo color y los números de color negro); voto en blanco y voto nulo en letras de color negro al lado derecho, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco.

De acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas, se han considerado dos opciones de diseño:
a. Diseño 1 columna, el diseño será con fondo de color celeste, a una columna cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea menor a 10.
b. Diseño 2 columnas, el diseño será con fondo de color celeste, a dos columnas cuando la cantidad de organizaciones políticas para el presente proceso sea igual o mayor a 10.

2.5 Pie de página: consta de una franja horizontal en fondo de color blanco, en donde se visualiza un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:

1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial.

2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@
editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo
Nº 014-2012-JUS
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.

5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá.

6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
ANEXO Nº 25
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE SUFRAGIO
PARA VOTACIÓN MANUAL ELECCIONES
REGION2018
SEGUNDA ELECCIÓN PARA GOBERNADOR
Y VICEGOBERNADOR REGIONAL
1. MEDIDAS:

1.1 El tamaño de la cédula de sufragio será de 15.00
cm. de largo x 21.00 cm. de ancho.

2. ANVERSO:

2.1 Encabezado: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo centrado, el texto: "ELECCIONES REGION
2018", inmediatamente después en dos líneas el texto:
"SEGUNDA ELECCION PARA GOBERNADOR Y
VICEGOBERNADOR REGIONAL", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: se muestra un recuadro en fondo de color negro, donde se consigna el nombre del gobierno regional al que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: se muestra un recuadro en fondo de color gris, con el texto centrado en dos líneas:
"MARQUE CON UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO
DEL RECUADRO DE LA FOTOGRAFIA O SIMBOLO DE
SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: recuadro de fondo color gris con las siglas: "JNE ONPE RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo. Contiene los nombres de las dos organizaciones políticas participantes en letras de color negro; debajo de cada uno, dos recuadros de fondo blanco y borde negro conteniendo el símbolo de la organización política y la fotografía del candidato a todo color.

2.5 Pie de página: presenta un código de barras impreso en color negro en la esquina inferior izquierda.

3. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con las siglas: "JNE ONPE
RENIEC" caladas con letras de color blanco en forma diagonal, y repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 El encabezado muestra el siguiente texto:
"ELECCIONES REGION2018", debajo de esta "SEGUNDA ELECCIÓN PARA GOBERNADOR Y
VICEGOBERNADOR REGIONAL" dividido en dos líneas en letras de color negro. En un segundo bloque:
"ORGANISMOS ELECTORALES", "JNE - ONPE - RENIEC", uno debajo del otro en letras de color negro.

Inmediatamente después se muestra el Escudo Nacional, impreso en color negro.

3.3 Se ha consignado el título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del Escudo Nacional, donde se precisan en dos líneas las siguientes indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL
PRESIDENTE DE LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS
PERSONEROS QUE SE ENCUENTREN PRESENTES
EN EL ACTO DE INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo se ubica el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

El modelo de cédula publicado mide 15.00 cm. de largo x 21.00 cm. de ancho, es de formato horizontal a todo color y 01 color en el reverso.

ANEXO Nº 28
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MODELO
DEFINITIVO DE LA CÉDULA DE VOTACIÓN
ELECTRÓNICA ELECCIONES REGION2018
SEGUNDA ELECCION PARA GOBERNADOR
Y VICEGOBERNADOR REGIONAL
1. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en la superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

2. DESCRIPCIÓN:

2.1 Encabezado: conformado por el texto:
"ELECCIONES REGION2018" en letras de color negro, el Escudo Nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho ambos de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.2 Subtítulo 1: conformado por el texto: "SEGUNDA
ELECCION P ARA GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR
REGIONAL" en letras de color negro, todo sobre un fondo de color blanco.

2.3 Subtítulo 2: conformado por una fila en fondo de color blanco, consignando el nombre del gobierno regional al que pertenece escrito con letras en color negro.

2.4 Instrucciones para el elector: Lleva el texto:
"PRESIONE SOBRE LA FOTOGRAFIA, SIMBOLO U
OPCION DE SU PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

2.5 Cuerpo de la cédula:

2.5.1 Contiene los nombres de las dos organizaciones políticas participantes en letras de color negro; debajo de cada uno, dos recuadros de fondo blanco y borde gris conteniendo la fotografía del candidato y el símbolo de la organización política a todo color.

2.5.2 Opción de voto en blanco y voto nulo en letras de color negro, debajo de las organizaciones políticas participantes, cada opción dentro de un recuadro de fondo de color blanco.

2.6 Pie de página: consta de un recuadro con fondo de color verde con el texto: "SIGUIENTE" en letras de color blanco.

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE LOS
REGLAMENTOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF
EN EL PORTAL WEB DEL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo No. 054-2018-PCM, artículo 52.1, se comunica a todos los organismos públicos que, para efectos de la publicación de los ROF y sus modificaciones, en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, deberán tomar en cuenta lo siguiente:

1. La norma que aprueba el ROF o su modificación, se publicará en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa), mientras que el Anexo (ROF o su modificación), se publicará en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

2. Los organismos públicos, para tal efecto solicitarán por oficio de manera expresa lo siguiente:
a) La publicación de la norma que apruebe el ROF o su modificación, en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano (edición impresa).
b) La publicación del Anexo (ROF o su modificación) en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, en el Oficio precisarán que el contenido de los archivos electrónicos que envían para su publicación al correo (normaslegales@editoraperu.com.pe), son auténticos y conforme a los originales que mantienen en sus archivos, de los cuales asumen plena responsabilidad 3. Los documentos a publicar se enviarán de la siguiente manera:
a) La norma aprobatoria del ROF se seguirá recibiendo en físico, conjuntamente con su respectiva versión electrónica;
b) El anexo (ROF o su modificación) se recibirá exclusivamente en archivo electrónico, mediante correo institucional enviado a normaslegales@editoraperu.com.pe, más no en versión impresa.

4. El ROF se publicará respetando el contenido del archivo electrónico tal como se recibe, de acuerdo a lo expresado en el item 2.

5. El archivo electrónico del ROF deberá cumplir con el siguiente formato:
a) Deberá presentarse en un único archivo electrónico de Microsoft Word, en el caso de Microsoft Excel toda la información se remitirá en una sola hoja de trabajo.
b) El tamaño del documento en hoja A4 al 100%.
c) El tipo de letra Arial.
d) El tamaño de letra debe ser no menor a 8 puntos.
e) El interlineado sencillo.
f) Los márgenes de 1.50 cm. en la parte superior, inferior, derecha e izquierda.
g) El Formato del archivo en Word y/o Excel, línea por celda.
h) Todas las hojas deberán indicar en la parte superior al organismo emisor y la norma que aprueba el ROF.

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 000157-2018-JN/ONPE Aprueban modelos definitivos de Cédulas de Sufragio Regional, Municipal Provincial y Municipal Provincial - Distrital para V otación Manual; Cédulas de Votación Electrónica para Gobernador y Vicegobernador Regional, Consejero Regional, Municipal Provincial y Municipal Distrital; Cédula de Votación Manual Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, Cédula de Votación Electrónica Elecciones Regionales 2018 Segunda Elección para Gobernador y Vicegobernador Regional, para las Elecciones Regionales y Municipales 2018
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 000157-2018-JN/ONPE
  • Emitida por : Oficina Nacional de Procesos Electorales - Poder Judicial
  • Fecha de emision : 2018-08-09
  • Fecha de aplicacion : 2018-08-10

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.