2/21/2020

Patrimonio Cultural Nación Rubro Obra Gran RV 041-2020-VMPCIC-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Declaran Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico RV 041-2020-VMPCIC-MC Lima, 18 de febrero de 2020 VISTOS, el Informe Nº 000024-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe Nº 000058-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los
Poder Ejecutivo, Cultura
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico
RV 041-2020-VMPCIC-MC
Lima, 18 de febrero de 2020
VISTOS, el Informe Nº 000024-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y el Informe Nº 000058-2020-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos,
construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana";


Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;


Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1255, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo; depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, por Oficio Nº 0234-2019-MDCH/A de fecha 09 de octubre de 2019, la Municipalidad Distrital de Chupuro remitió el expediente técnico que sustenta la declaratoria de la obra musical de Zenobio Dagha Sapaico como Patrimonio Cultural de la Nación; en el cual obra la carta de fecha 25 de setiembre de 2019 suscrita por el señor Filiberto Dagha Cabezas, la señora Juana Dagha Cabezas, el señor Arturo Dagha Cabezas y el señor Eduardo Dagha Cabezas, hijos del señor Zenobio Dagha Sapaico, a través de la cual expresan su conformidad al referido expediente, cuya elaboración estuvo a cargo de la señora Katerine Beatriz Retamozo Antonio;

Que, mediante Informe Nº 000058-2020-DGPC/MC de fecha 05 de febrero de 2020, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº 000024-2020-DPI/MC del 20 de enero de emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomendó declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico;

Que, Zenobio Dagha Sapaico (Chupuro, 04 de abril de 1920 - Huancayo, 09 de noviembre de 2008), reconocido violinista, director de orquestas, autor y compositor, fue uno de los principales protagonistas en el proceso de construcción de la identidad musical del valle del Mantaro y de la región Junín, alcanzando particular trascendencia por dos razones específicas. Primero, por haber contribuido a la incorporación y aceptación del saxofón dentro de la orquesta típica del centro; y segundo, por haber adaptado en dicho formato instrumental el huaylarsh, música de carácter agrícola y ritual ejecutada por la población indígena durante el recultivo de la papa.

Este importante aporte le ha valido ser reconocido con apelativos como los de maestro mayor de la música huanca, y patriarca del huaylarsh huanca o moderno;

Que, la vinculación de Zenobio Dagha con la música inicia desde su infancia, aprendiendo a tocar violín a la edad de 8 años con el respaldo de su padre y en el contexto festivo ritual de la comunidad campesina de Chupuro. Terminó la educación primaria en Huayucachi, estudiando luego la secundaria en el emblemático Colegio Santa Isabel de Huancayo. Posteriormente, según cuenta él mismo, llevó cursos de teoría musical, instrumentación, poesía y composición musical en la Academia Musical Record Argentina. Ya entrada la década de 1940 fue convocado por el maestro Pablo Pastor Díaz para integrarse a Los Aborrecidos de Huancayo, orquesta típica fundada por este en 1930 y reconocida como una de las mejores de ese entonces. Este se convirtió en un espacio fundamental para su trayectoria artística, al permitirle nutrirse de importantes maestros locales y exhibir su talento como autor y compositor;

Que, a fines de la década de 1940 la experiencia ganada como integrante de Los Aborrecidos hizo posible que Zenobio Dagha fuese elegido por Horacio Gutiérrez, entonces alcalde de Huancayo, para conducir la Embajada de Arte Vernacular que representó a Junín en la Feria de Octubre de 1949. Organizada por la Corporación Nacional de Turismo en el Campo de Marte de la ciudad de Lima, a un año del golpe de Estado que llevó al poder al general Manuel A. Odría, este evento congregó la atención de la población limeña y se convirtió en un importante espacio de representación, legitimidad y prestigio. Entre sus principales actividades incluyó un concurso de música y danzas nativas, escenario privilegiado en el que Zenobio Dagha estrenó su muliza con fuga de huayno titulada Mi Tierra Huanca, con letra de Sergio Quijada Jara. En 1950, sobre la base de los músicos que integraron la delegación artística, y contando con la voz de la destacada intérprete y folklorista Agripina Castro, fundó la Orquesta Típica Juventud Huancaína;

Que, la ahora legendaria agrupación le permitió al maestro Zenobio Dagha difundir su cada vez más extensa obra, posicionándolo en el panorama musical de todo el país. En esto jugó un rol importante tanto la industria discográfica como los coliseos folklóricos. Al respecto, la orquesta Juventud Huancaína produjo una extensa discografía editada principalmente por Industrial Sono Radio, compañía discográfica fundada en 1951. Un listado incluido junto a la solicitud de declaratoria enumeró un total de 7 discos de larga duración o LP's, 5 discos de duración extendida o EP's, y 35 discos de corta duración o sencillos. Resulta de particular interés el álbum Feria de Huancayo, lanzado en 1964 y en cuya contraportada se puede leer que hasta ese momento Zenobio Dagha ya había compuesto 200 temas;

Que, Zenobio Dagha asumió el cargo de presidente de la comunidad campesina de Chupuro. Así, pese a la popularidad cada vez mayor que iban alcanzando sus temas, el maestro Zenobio mantuvo un vínculo con sus raíces y no dejó de interpretar en los contextos festivos y rituales del valle del Mantaro. Agripina Castro, en una entrevista recogida por Raúl R. Romero, ejemplifica esto cuando relata cómo los integrantes de Juventud Huancaína viajaban cada fin de semana desde Huancayo hacia Lima solamente para ensayar con ella y dar presentaciones;

Que, estas particularidades en la ética y la estética musical de Zenobio Dagha, lejos de aislar su obra, potenciaron aún más la valoración de esta. Un ejemplo de ello se ve refl ejado en el relato que da Alicia Maguiña
sobre la dificultad de encontrar al maestro, y cómo esto incidió en el proceso de aprender y madurar los temas que aprendió de él: el huayno Dígame en secreto (Vaso de cristal), la muliza Destino, y sus huaylarsh Casarme quiero y Hermanoshray;

Que, no existe un consenso sobre la cantidad total de composiciones que conforman la obra musical de Zenobio Dagha, hallándose estimados que van desde los cerca de 600 hasta los más de 900 temas. De acuerdo al testimonio del propio autor y compositor, recogido por Apolinario Mayta Inga en una publicación de 2005, este habría llegado a registrar hasta ese momento un total de 686 composiciones en la APDAYC - Asociación Peruana de Autores y Compositor. Sin embargo, luego de cotejar la información proporcionada por esta misma entidad junto con referencias a otros temas atribuidos a Zenobio Dagha, se ha podido identificar que su obra musical estaría compuesta por un mínimo de 607 temas.

Que, los géneros musicales que mejor la representan son el huayno, el huaylarsh y la muliza, junto a otras formas musicales asociadas a danzas ampliamente practicadas en el valle del Mantaro tales como el santiago, la chonguinada y la tunantada. No obstante, como destaca Raúl R. Romero, Zenobio Dagha siempre resaltó que su obra no se limitaba a lo que podía ser entendido como música regional, sino que incluía también temas en ritmo de guaracha cubana, pasodoble español, así como valses y polkas criollas. Es importante recordar que el huaylarsh, la tunantada, y la muliza han sido declaradas Patrimonio Cultural de la Nación. Por tanto, la capacidad creativa del maestro Zenobio Dagha contribuyó de manera directa a poner en valor, difundir y salvaguardar estas formas de música y danza en tanto expresiones del patrimonio cultural inmaterial de la región central del país;

Que, entre los huaynos que han alcanzado mayor proyección es necesario mencionar temas como Dígame en secreto (Vaso de cristal), Sola siempre sola, Yo soy huancaíno por algo, Hermelinda (Carhuamayo) y Traición. Asimismo, las mulizas con fugas de huayno Mi Chupuro, Destino y Yo soy de Huancayo. Y, por supuesto, huaylarsh como los antes mencionados Casarme quiero y Hermanoshray. Además de la Orquesta Típica Juventud Huancaína, sus temas fueron interpretados por grandes figuras del folklore nacional. Así, junto a Alicia Maguiña, debe recordarse a las voces de Víctor Alberto Gil Mallma (Picafl or de los Andes), Leonor Chávez Rojas (Flor Pucarina) y Agripina Castro (Cusi Urpi). En el ámbito internacional, por otro lado, destaca la ejecución de su tema Hermanoshray por parte de Inti Illimani, icónica agrupación chilena de nueva canción y música latinoamericana;

Que, en cuanto a los huaylarsh, cabe mencionar que alrededor de 50 temas del listado de la obra musical de Zenobio Dagha Sapaico corresponden a este género, evidenciando la relevancia que este tuvo en su corpus creativo. Se atribuye al tema Huaylarsh de Huancán o Huaylarsh águila Huancán, estrenado en 1952 en el distrito de Huancán por la Orquesta Típica Juventud Huancaína, ser el primer ejemplo de un huaylarsh moderno;

Que, es importante no limitar la valoración de la obra musical de Zenobio Dagha a la cantidad de temas que escribió o compuso, sino también considerar sus aportes a nivel de estilo y ejecución musical. Claude Ferrier, investigador suizo, aborda precisamente tal aspecto llamando la atención sobre ciertos ornamentos recurrentes en las introducciones con violín de tunantadas, chonguinadas y huaylarsh. Primero, el uso de trémolos en posible combinación con tresillos para aumentar la tensión en la melodía, y que es reconocida coloquialmente por violinistas del centro como introducción tipo Zenobio. Y
segundo, el uso de acordes de tres notas seguidos del mismo efecto de trémolo, en especial para la ejecución de tunantadas. Otras particularidades que señala el autor en el estilo musical de Zenobio Dagha es la utilización de la tonalidad de mi menor y su relativo de sol mayor, algo inusuales en el contexto de la música del centro del país;

Que, la obra y trayectoria musical de Zenobio Dagha se volvieron centro de atención y reconocimiento desde temprano, como lo evidencian dos diplomas de honor otorgados en 1952. El primero de parte del Concejo Distrital de Huayucachi, por su presentación en un concurso folklórico organizado durante las fiestas de carnaval, donde estrena Brisas del Mantaro. Y el segundo, de la Dirección de Educación Pública y Extensión Cultural del Ministerio de Educación Pública, por su interpretación de danzas del centro en el Coliseo "Bolívar" de la ciudad de Lima. Este último fue firmado por José María Arguedas, entonces jefe de la Sección de Folklore y Bellas Artes dentro de la referida Dirección;

Que, iniciado el siglo XXI, cuatro distinciones dejarían en claro el rol fundamental jugado por el maestro Dagha en la construcción de la identidad musical de la región central del país. En 2001, la Dirección Departamental de Cultura de Junín lo felicitó y reconoció como Patrimonio Cultural Vivo de la Nación Wanka. En 2002, la Municipalidad Provincial de Huancayo lo declaró Ciudadano Ilustre de la Ciudad Incontrastable de Huancayo, por contribuir al desarrollo de la cultura material y espiritual de la nación Wanka. En 2003, el rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos le otorga el Premio San Marcos a la Excelencia Artística, en atención a su importante contribución al desarrollo de la música popular peruana y a la música regional wanka. Por último, el mismo año, la Municipalidad Distrital de Chupuro lo declaró Hijo predilecto del distrito de Chupuro en reconocimiento a su destacada labor artística como músico, compositor, y violinista;

Que, a lo largo de su trayectoria artística, el maestro Zenobio Dagha también recibió importantes distinciones de alcance nacional. En 1988, por ejemplo, el Ministerio de Educación lo condecoró con las Palmas Artísticas en consideración de su extraordinario aporte a la cultura y arte popular peruano. En 1995, recibió la Medalla Kuntur del Premio Nacional de Folklore del Instituto Nacional de Cultura junto con otros 99 distinguidos intérpretes musicales peruanos, en reconocimiento a su labor en la difusión del arte folklórico nacional. Mientras que en 2003
fue una de las primeras 12 personas en recibir la Medalla de Honor de la Cultura Peruana, dada por la misma entidad en el marco de las actividades conmemorativas por el Día Mundial del Folklore. Por último, en 2005 el Congreso de la República le concedió una pensión de gracia en mérito a su destacada trayectoria como intérprete y compositor de música folklórica peruana;

Que, conjuntamente con las referencias históricas, el Informe Nº 000024-2020-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, detalla las características, importancia, valor, alcance y significados de la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico, motivo por el cual, dicho informe técnico constituye parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo
Nº 004-2019-JUS;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC, se aprobó la Directiva Nº 003-2015-MC, "Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural", en la que se señala los lineamientos y normas para la tramitación interna del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Despacho del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, declarar las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC.

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico, considerando que legitimó
el huaylarsh como género musical representativo del panorama y la identidad musical del valle del Mantaro, que su aporte fue fundamental en la consolidación del formato instrumental de las orquestas típicas del centro, y que contribuyó a la continuidad de géneros musicales tradicionales representativos del patrimonio cultural inmaterial del país, enriqueciendo y fortaleciendo la diversidad musical peruana.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario Oficial El Peruano y su difusión conjuntamente con el Informe Nº 000024-2020-DPI/MC en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura).

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial y el Informe Nº 000024-2020-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, a la Municipalidad Distrital de Chupuro, a la Municipalidad Provincial de Huancayo, al señor Filiberto Dagha Cabezas, a la señora Juana Dagha Cabezas, al señor Arturo Dagha Cabezas y al señor Eduardo Dagha Cabezas, así como a la señora Katerine Beatriz Retamozo Antonio, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 041-2020-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación, en el rubro de Obra de Gran Maestro, a la Obra musical de Zenobio Dagha Sapaico
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 041-2020-VMPCIC-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-02-20
  • Fecha de aplicacion : 2020-02-21

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